¿Debe una representación comercial utilizar simple nacional? ¿Cuál es el régimen fiscal de esta actividad?

Este es un artículo de un invitado del Blog de Agedor.

¿Piensas en ser autónomo y actuar como individuo? ¿Quieres abrir una empresa de representación comercial y trabajar como persona jurídica? En cuanto al régimen fiscal, ¿cuál es mejor elegir?

Estas son algunas de las preguntas más comunes sobre la fiscalidad de los representantes comerciales. Y eso hay que responderlo para que se defina la contabilidad que mejor se adapta a esta actividad. Es necesario un análisis y no hay una respuesta exacta, pero de acuerdo con algunas de estas respuestas, es posible concluir lo que puede ser más interesante sobre los impuestos de los representantes de ventas y los tipos de régimen fiscal más adecuados.

Es importante entender que no hay forma de administrar financieramente una empresa sin antes tomar estas precauciones.

El representante comercial puede actuar como trabajador por cuenta propia (persona física) o constituir una sociedad de representación comercial (persona jurídica). ¿Y cuál de los dos es mejor? La respuesta a esta pregunta dependerá de una buena planificación.

Uno de los factores es el ingreso bruto del representante de ventas. En función de los ingresos brutos mensuales, obtenidos a través de comisiones de venta, puede ser más ventajoso tener una empresa de representación que trabajar por cuenta propia.

Pero se deben considerar otros aspectos al momento de tomar una decisión sobre el tipo de régimen tributario, tales como acción en sociedad, responsabilidad civil, sucesión, elemento societario, entre otros.

Algunos aspectos deben ser considerados para su toma de decisiones.

Algunos aspectos deben ser considerados para su toma de decisiones

Representación comercial: ¿Simples Nacional u otro régimen fiscal?

Una empresa de representación comercial puede ser Simples Nacional. Pero existen otros tipos de régimen fiscal que pueden ser analizados.

A primera vista, muchos consideran que el régimen tributario del Simple Nacional es el más adecuado. ¿Pero será así?

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¿La representación comercial con Simples Nacional es buena?

Una de las grandes expectativas de los representantes comerciales en los últimos años era que la actividad se acogiera al régimen del Simples Nacional, un sistema tributario diferenciado para micro y pequeñas empresas.

Y eso sucedió cuando la presidenta Dilma Rousseff sancionó la ley complementaria que establece la llamada universalización del Simples Nacional. Con la actualización, fue Se permitió el ingreso de 142 nuevas actividades en el área de servicio, es decir: una empresa de representación comercial puede ser una simple nacional.

Pero este cambio, que en un principio parecía llevar a los profesionales de la industria a una elección obvia debido a la unificación fiscal, en realidad tiene algunos escollos, según los expertos de la industria, quienes se preguntan si la representación comercial con Simples Nacional es realmente la mejor opción del régimen fiscal a elegir. .

En el caso de representantes de ventas, el marco a efectos del cálculo de la tasa impositiva se incluyó en el Anexo VI (imposición del 16,93% al 22,45% sobre los ingresos), cuyo monto termina siendo superior al régimen tributario de Ganancia Presunta, que era la alternativa más elegida hasta el momento.

En conclusión, con base en los ejemplos más probables de cálculos, en este caso, la opción de representación comercial por simple nacional no sería interesante para la categoría.

representación comercial simple nacional

Representación comercial por simple nacional no es la mejor opción, dicen expertos

La empresa de representación comercial puede ser simple, pero la Utilidad Presunta es la más elegida

Otras opciones de régimen fiscal se destacan a continuación, lo cual es fácil de entender si sigue las explicaciones a continuación.

Para los representantes comerciales, los tipos de régimen fiscal que existían anteriormente eran: Ganancia real y ganancia asumida, este último que parece ser la mejor alternativa, en términos generales, principalmente tras unos cálculos realizados por profesionales, sopesando la incidencia de los impuestos y el tamaño de las tasas.

Vea la comparación general y detallada entre los dos, realizada por el profesor Alexandre Gonzales, Doctor en Control y Contabilidad de la USP.

“En cuanto a los impuestos a recaudar, las principales diferencias están en el cálculo de cuatro de ellos: IRPJ y CSSL sobre utilidad, y PIS y Cofins sobre facturación. En cuanto a los impuestos a la renta, mientras que en la Renta Real la base de cálculo se basa en los ingresos determinados en la contabilidad, con algunas adiciones y exclusiones, en la Renta Presunta la base se obtiene de la aplicación de porcentajes predefinidos sobre los ingresos de la persona jurídica. , por lo tanto se presume la ganancia, ya que se “presume” que la ganancia es esa. Si es diferente, no afectará a estos dos impuestos. En cuanto a los impuestos a la facturación, en el Beneficio Presumido se grava la facturación con PIS y Cofins, mientras que en la mayoría de los casos, en el Beneficio Real también se grava la facturación, pero con un tipo más elevado y permitiendo a la empresa deducir de la cantidad a pagar créditos en tus compras. Entonces, en este segundo caso, la tasa es más alta, mientras que la base es más baja”.

Representación comercial con Simples Nacional, ganancia presunta o ganancia real es una elección que tú decides. Todo depende de cómo gestiones tu proceso de ventas y, como decíamos más arriba, la facturación mensual de tu negocio.

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José Carlos Júnior: es periodista y editor del Blog do Conube. Conube es un sistema de Contabilidad en Línea dirigido a proveedores de servicios, que reemplaza al contador tradicional a un precio accesible. Con Conube, el usuario monitorea todo lo que sucede en la contabilidad de la empresa, desde su casa o celular, con total transparencia. Emite facturas electrónicas y deja la burocracia a los contadores.